Cuando un trabajador como consecuencia de un montaña de trabajo o una enfermedad profesional se le determina una pérdida de capacidad gremial superior al 50%, tendrá derecho al registro de una pensión de invalidez. Se reconoce el 60% del ingreso base de liquidación si la pérdida es superior al 50% https://charlesd050qdb6.blog-kids.com/profile